En Perú exjefe del Sunat denuncia que beneficio tributario es ilegal

Medios del país, como El Peruano, publican un artículo donde se señala que algunas universidades y centros superiores de educación utilizaron de manera ilegal un beneficio de crédito tributario por reinversión que caducó en 1999, perjudicando al Estado, acorde a las palabras del ex jefe de la Sunat, Luis Alberto Arias Minaya.

El ex jefe del Sunat manifestó que los abogados tributaristas de algunas universidades sabían que estaban cometiendo un acto irregular al continuar utilizando este beneficio que ya había caducado.

Dijo que a eso se debe el proyecto de ley enviado por el Ejecutivo al Congreso, solicitando la derogatoria de la Ley 29766 que buscaba inconstitucionalmente ampliar estos beneficios hasta 2008. Agregó que de acuerdo con el Código Tributario las exoneraciones o beneficios tributarios sólo se otorgaban por tres años.

La controversia de la referida norma se gestó en 1997 cuando el gobierno fujimorista, mediante decreto ley 882 dispuso que los centros educativos superiores podrían reinvertir sus utilidades mediante un crédito tributario equivalente a la misma tasa del impuesto a la renta equivalente al 30%.

La finalidad era apoyar el resurgimiento de las universidades que estaban sumidas en un crítico estado, pero éstas dejaron de lado su finalidad puramente educativa y se orientaron hacia la búsqueda de lucro, como cualquier otra empresa invirtiendo sus utilidades incluso para comprar vehículos de lujo.

El gobierno aprista pretendió manejar una salida a la supuesta ambigüedad al promulgar, a cinco días de su salida, la ley 29766, señalando que este beneficio se aplicaba a estas instituciones educativas entre los periodos 2000 y 2008. "Lo que está haciendo el presente gobierno es derogar esta norma. No se puede extender un beneficio tributario que ya había caducado", manifestó Arias Minaya, sentenció en declaraciones al diario El Peruano.

Según el Ministerio de Economía y Finanzas, el Estado dejó de recaudar 150 millones de nuevos soles que ahora estaría en posición de cobrar si se deroga la referida ley en el Congreso.

Arias Minaya dijo que la derogatoria de la norma no tenía directa implicancia en el alza de las pensiones de estudios. "El Impuesto a la Renta de 30% grava a las empresas que tienen utilidades, si no las tiene, entonces no paga", manifestó.

0 comentarios:

Publicar un comentario

Compartenos

Twitter Delicious Facebook Digg Stumbleupon Favorites