Con suficientes argumentos para abandonar el Polo Democrático Alternativo y vincularse al movimiento Progresistas, encabezado por el alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, quedaron los senadores que se han declarado en contravía de las decisiones y los planteamientos de su colectividad. Esta es la conclusión del fallo emitido por el Consejo de Estado, según el cual la doble militancia no es causal de pérdida de investidura.
De acuerdo con la argumentación de la sentencia, en el Acto Legislativo 01 de 2003 se planteó que “en ningún caso se permitirá a los ciudadanos pertenecer simultáneamente a más de un partido o movimiento político con personería jurídica. Pero al introducir esta prohibición, el constituyente, como ha reiterado una y otra vez esta corporación, no dispuso que su desobediencia configurara causal de pérdida de investidura”.
Aclara la decisión del Consejo de Estado que la doble militancia debe ser sancionada dentro de los estatutos de los partidos, sin que en éstos se pueda plantear la pérdida de investidura, “serán los partidos y movimientos políticos quienes mediante sus reglamentos internos ejercerán el control para evitar que sus afiliados incurran en doble militancia. O lo que es igual, según lo pregona el artículo 108 constitucional, será en los estatutos de los partidos políticos donde se regule el régimen disciplinario interno”.
Para el senador Luis Carlos Avellaneda, uno de los disidentes del Polo Democrático, la decisión del Consejo de Estado obedece a lo contemplado en el artículo 183 de la Constitución, en donde están planteadas las causales de pérdida de investidura: por violación del régimen de inhabilidades e incompatibilidades, por inasistencia a sesiones donde se voten actos legislativos o mociones de censura, por no tomar posesión en los ocho días siguientes a la instalación del Congreso, por indebida destinación de dineros públicos y por tráfico de influencias.
Sin embargo, Avellaneda advirtió que la intención del Polo de presentar una demanda por presunta doble militancia no tiene ningún asidero jurídico, porque “ninguno de los disidentes se ha marginado del partido, por el contrario, nos hemos mantenido con sentido crítico y no permitiremos que se nos imponga ningún tipo de mordaza”.
Como era de esperarse, la decisión del Consejo de Estado no cayó bien en la dirigencia de los partidos. El copresidente del Partido Verde, Lucho Garzón, manifestó que propondrá a la colectividad iniciar el trámite de una reforma constitucional que abra la posibilidad de retirarles la investidura a los miembros de un partido que incurran en doble militancia.
“Vamos a conversar con la bancada, porque definitivamente en las condiciones actuales uno no sabe con quién va a contar para las elecciones de 2014. Con esta decisión lo que hace es volver a los partidos un cine continuo, donde entran, salen y se acomodan en otro partido. Esto no les da seriedad a las organizaciones partidarias”, advirtió Garzón.
Este planteamiento es respaldado por el presidente del Partido de la U, Juan Lozano, quien afirmó que “el hecho de que la doble militancia no acarree como sanción la pérdida de investidura, no quiere decir ni que sea deseable, ni que sea buena, ni que pueda quedar impune”.
Precisamente en el Partido Verde el Comité de Ética de la colectividad inició una investigación de oficio contra los congresistas Ángela María Robledo y John Sudarsky por presunta doble militancia, al retirar su apoyo a la aspiración de Enrique Peñalosa a la Alcaldía de Bogotá, en las pasadas elecciones. Acusación que ha sido rechazada por los parlamentarios argumentando su derecho a disentir en el interior del partido.
Aunque la sentencia del Consejo de Estado deja tranquilos a los congresistas que podrían ser objeto de demandas ante este tribunal por presunta doble militancia. Los disidentes del Polo Democrático reconocen que en la eventualidad de aspirar a ser reelegidos en el Congreso bajo las banderas de otra colectividad tendrían que renunciar un año antes, tal como lo plantea la norma.
Por eso mantienen su decisión de incluir en el debate del Código Electoral un artículo en el que se plantea la posibilidad de escindir (dividir) el partido, alternativa que podrá ser propuesta “por el 30% de los miembros de la bancada del Senado o la Cámara, elegidos con el aval del partido o movimiento político a escindir y se solicitará ante el Consejo Nacional Electoral, que se pronunciará dentro de los ochos días siguientes a la presentación de la solicitud”.
El ministro del Interior, Germán Vargas Lleras, aceptó las implicaciones de este fallo y manifestó que “es una tesis nueva que puede tener consecuencias en materia de cambio de partidos de cara al proceso electoral”. Y es que la principal preocupación es la imposibilidad de mantener la disciplina en los colectividad, motivo por el cual se tramitó la Ley de Bancadas, iniciativa de la cual fue ponente Vargas Lleras cuando se desempeñaba como senador.







0 comentarios:
Publicar un comentario