Por error en imputación de cargos, anulan preacuerdo de Julio Gómez

En el fallo, el magistrado del Tribunal pidió a la Fiscalía para que "solicite medidas cautelares y unas condenas que permitan recuperar el patrimonio perdido a la nación”.
A consideración del tribunal, el preacuerdo firmado entre la Fiscalía y Julio Gómez es nulo porque solo se imputaron tres delitos, cuando el contratista debe responder por cinco. Por eso ordenó repetir diligencia de imputación de cargos.
“Cuando se celebren negociaciones se deben incluir en un solo acto todos los pormenores para evitar fracasos como las demoras y asignar no penas mínimas sino dignas”, indicó el magistrado.

Además de los delitos de concierto para delinquir, peculado por apropiación e interés ilícito en la celebración de contratos, el contratista también debe responder por los cargos de cohecho propio y celebración indebida de contratos.
“Inexplicablemente la Fiscalía no imputó cargos por el delito de celebración indebida de contratos sin cumplimiento de requisitos legales y por el delito de cohecho propio. Con los cuales se encuentra presuntamente comprometido este y los otros funcionarios que recibieron dádivas a cambio de la venta de la función publica para ejecutar actos contrarios a sus deberes” Agregó.
Consideró que “en la aprobación del preacuerdo no se percataron que la Fiscalía le otorgó cuatro beneficios que acumulados superan el 50 por ciento del descuento de la pena”.
En el fallo se aludió que “en este caso es evidente una violación flagrante de las garantías al debido proceso y el acceso de las víctimas, intervinientes y a la sociedad en general".

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